RETOS Y PERSPECTIVAS DE LA NUEVA JUSTICIA LABORAL EN MÉXICO
Carlos Antonio Vázquez Azuara;
$300.00
Disponibilidad: Hay existencias
Características
ISBN: 9786076107881
Código: 00783
Año de edición: 2019
Número de edición: 1
Número de reimpresiones: 0
Número de páginas: 296
Medidas: 17X23
Encuadernación: PASTA RÚSTICA
Colección: NINGUNA
País: MÉXICO
RETOS Y PERSPECTIVAS DE LA NUEVA JUSTICIA LABORAL EN MÉXICO
ISBN:
9786076107881
Categoría DERECHO PENAL
SINOPSIS
INDICE
SINOPSIS
El 24 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, entre otras reformas, una modificación al artículo 123 constitucional, que contendría la extinción de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. El tripartismo, quizás uno de los elementos más característicos del derecho laboral mexicano, desaparecería después de su concepción en 1931. Sin embargo, el contenido de esta reforma no era ignorado, pues es una reproducción de la iniciativa que envió muchos meses atrás el expresidente de los Estados Unidos Mexicanos, el licenciado Enrique Peña Nieto, en cuyos ejes rectores se proponían aspectos principales como la judicialización de los procesos laborales, es decir, la creación de tribunales del trabajo; el establecimiento de un organismo especializado en conciliación y la creación de un organismo encargado del registro de contratos colectivos y organizaciones sindicales, con la finalidad de fomentar la transparencia y la verdadera representatividad, cuestiones que necesariamente podrían incidir en los procedimientos. El ahora reformado cardinal 123 vendría a ordenar en sus transitorios como una consecuencia lógica, la adecuación al texto constitucional de las normas secundarias, pues con la desaparición ordenada en la reforma, los cambios a las leyes reglamentarias no sólo son esperadas, sino necesarias. A pesar de que el término para realizarlas era de un año, y éste se cumplió en febrero de 2018, las normas secundarias ya debían estar culminadas y entrando en vigor, pero no ha ocurrido. Empero, sí existen, cuando menos, tres propuestas de reforma a la Ley Federal del Trabajo, las cuales plantean cambios preocupantes. Sin embargo, como ocurre con toda reforma, y más cuando se trata de una que responde al derecho social, estas transformaciones legales imponen retos y generan expectativas, y con ello preocupaciones legítimas. Estas perspectivas divergentes, que van desde las más optimistas hasta las más sombrías, nutren la discusión sobre el equilibrio que habrá ahora en la regulación de los conflictos laborales. La presente obra representa un ejercicio discursivo entre diversos académicos provenientes de distintas instituciones públicas y privadas, representa también una preocupación sería por la creación de nuevos cuerpos legales y por los cambios que se proponen en los proyectos de reforma a la Ley Federal de Trabajo que, en sus aspectos procesales, no había tenido cambios tan radicales como los que se gestan tras bambalinas, y es en la oscuridad y la secrecía que se conciben las especulaciones más inesperadas. Este libro se compone de esas disertaciones. Los temas que aborda comprenden desde las razones a las que obedece la reforma referida, así como también los aspectos procesales como los relativos a la conciliación, los órganos que la desarrollaran y la forma de celebrarse. El aspecto colectivo no podría pasarse por alto, y el registro de sindicatos, tanto el proceso como la autoridad que lo realiza, forma parte de estas atinadas reflexiones. Así, estos nuevos organismos dotan no sólo de una naturaleza única a los nuevos procedimientos laborales, sino que los principios constitucionales compelen a un nuevo paradigma en la administración de la justicia laboral. Sin embargo, adoptar principios en el texto constitucional pone en entredicho los fundamentos que imperan en la materia laboral, unos que colisionan precisamente con algunos derechos humanos de los trabajadores, como el derecho de audiencia, pero sobre todo el de juicios reales, es decir, deben ponderar en todo momento, como antaño, sobre la primacía de la realidad. En los albores de la inminente actividad reformadora no está claro qué prácticas continuarán o desaparecerán como consecuencia de los cambios aprobados al artículo 123 constitucional, y de la metamorfosis que se derive a la Ley Federal del Trabajo como consecuencia de las influencias políticas y económicas que presionan la transformación del mundo jurídico. Por lo tanto, nuestra labor y responsabilidad es clara: participar activamente en la crítica, pero sobre todo en la construcción, en la medida de nuestras posibilidades, de un mundo que procure a través de la actividad jurídica una sociedad más justa.
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