EL CONTROL DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO
Rogelio Romero Flores
$300.00
Disponibilidad: Hay existencias
Características
ISBN: 9786076103395
Código: 00492
Año de edición: 2016
Número de edición: 1
Número de reimpresiones: 0
Número de páginas: 296
Medidas: 17X23
Encuadernación: PASTA RÚSTICA
Colección: NINGUNA
País: MÉXICO
EL CONTROL DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO
ISBN:
9786076103395
Categoría DERECHO PENAL
SINOPSIS
INDICE
SINOPSIS
El objeto de investigación que se aborda en esta obra, surge de la necesidad epistémica personal que se propuso conocer sobre el origen, características, aplicación de los medios de prueba penal en los diferentes sistemas judiciales (acusatorio, inquisitivo, mixto y acusatorio adversarial) que han existido en la historia del mundo occidental; así mismo, estudiar el control probatorio de debido proceso de los datos, medios de prueba y desahogo probatorio de la prueba en las audiencias principales del juicio oral penal (etapas de investigación, intermedia y probatoria), vigente en nuestro país, a través de estudiar la doctrina jurídica de la prueba penal, la legislación y la jurisprudencia que estuvo a nuestro alcance poder consultar. Sabido es por los expertos en Derecho Procesal Penal del sistema de juzgamiento en nuestro país, que desde finales de la época porfirista (1903) ha prevalecido un sistema penal inquisitivo mixto cuyas características preservaban, hasta la reforma constitucional penal de 18 junio de 2008, elementos autoritarios sustentados en la secrecía y la escritura del Ministerio Público respecto de la elaboración de las pruebas penales que surgían de la fe pública de manos de este órgano monopolizador de la acción penal y, de la investigación de los delitos, cuya actividad probatoria se fue deslegitimando desde su creación, como figura jurídica constitucional que surge del Congreso Constituyente (CPEUM, artículos 17 y 102) en la ciudad de Querétaro en 1917; primero, porque el MP detenía al imputado y después investigaba, esto era la regla con que operaba esta institución persecutora e investigadora que ostentaba el monopolio de la acción penal y, segundo, investigaba pero se valía de la tortura para obtener la confesión de los imputados, violando los derechos humanos que hasta antes de la Reforma del 11 de junio de 2011 se les denominaba garantías individuales. El sistema penal mixto abrogado en la Constitución por la reforma penal vigente, había reportado rezagos importantes en la procuración de justicia que fueron documentados por los medios de comunicación y por los juristas estudiosos de este fenómeno socio-jurídico: las estadísticas oficiales del delito de robo v. gr., se incrementaron en la zonas urbanas en un 60% en los años noventa y, la capacidad para castigar los delitos por parte de los operadores de la justicia penal es (en ese periodo) de un 10%, quedando sin castigo el resto de esta proporción, es decir, el 90% .
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